Caja, bancos y financiamientoLey 28194 (ITF)Ley del IGV

Comisiones bancarias e ITF

En el estado de cuenta del mes, el banco carga una comisión de mantenimiento de S/ 30 más IGV (con factura electrónica) y el ITF de los movimientos del mes, que suman S/ 200,000.

Cálculo

Comisión de mantenimientoS/ 30.00
IGV 18%S/ 5.40
ITF (200,000 × 0.005%)S/ 10.00
Total cargado en la cuentaS/ 45.40

Asiento 1 · Por los cargos bancarios del mes

CuentaDenominaciónDebeHaber
6391Gastos bancarios30.00
40111IGV – Cuenta propia5.40
6412Impuesto a las transacciones financieras10.00
1041Cuentas corrientes operativas45.40
Totales45.4045.40
Glosa: Por los cargos del estado de cuenta del Banco [nombre], mes de [mes].Debe = Haber

¿Por qué estas cuentas?

La comisión es un servicio del banco (6391) y, si el banco emite factura, su IGV es crédito fiscal.

El ITF es un tributo y se registra en la 64 (gastos por tributos). El banco lo retiene y lo paga a SUNAT, así que la empresa no tiene una deuda pendiente por él.

Base normativa

  • TUO de la Ley 28194: El ITF grava los depósitos y retiros en cuentas del sistema financiero, con una tasa de 0.005% sobre el valor de cada operación. Fuente: SUNAT.
  • TUO de la Ley 28194, art. 17: El ITF pagado es deducible como gasto para el impuesto a la renta.
  • TUO de la Ley del IGV, art. 18 y 19: El IGV de la comisión es crédito fiscal si consta en una factura o comprobante que lo permita.

Errores comunes

  • Registrar el ITF en la 6391 junto con las comisiones.
  • Usar como crédito fiscal el IGV de una comisión sin factura.
  • Registrar los cargos con el estado de cuenta de otro mes.

Ejemplo con montos referenciales. Las cuentas siguen el PCGE (versión modificada 2019); la divisionaria exacta puede variar según el plan de cuentas de cada empresa. Verifica la norma vigente antes de aplicarla.