Comisiones bancarias e ITF
En el estado de cuenta del mes, el banco carga una comisión de mantenimiento de S/ 30 más IGV (con factura electrónica) y el ITF de los movimientos del mes, que suman S/ 200,000.
Cálculo
| Comisión de mantenimiento | S/ 30.00 |
| IGV 18% | S/ 5.40 |
| ITF (200,000 × 0.005%) | S/ 10.00 |
| Total cargado en la cuenta | S/ 45.40 |
Asiento 1 · Por los cargos bancarios del mes
| Cuenta | Denominación | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 6391 | Gastos bancarios | 30.00 | |
| 40111 | IGV – Cuenta propia | 5.40 | |
| 6412 | Impuesto a las transacciones financieras | 10.00 | |
| 1041 | Cuentas corrientes operativas | 45.40 | |
| Totales | 45.40 | 45.40 |
¿Por qué estas cuentas?
La comisión es un servicio del banco (6391) y, si el banco emite factura, su IGV es crédito fiscal.
El ITF es un tributo y se registra en la 64 (gastos por tributos). El banco lo retiene y lo paga a SUNAT, así que la empresa no tiene una deuda pendiente por él.
Base normativa
- TUO de la Ley 28194: El ITF grava los depósitos y retiros en cuentas del sistema financiero, con una tasa de 0.005% sobre el valor de cada operación. Fuente: SUNAT.
- TUO de la Ley 28194, art. 17: El ITF pagado es deducible como gasto para el impuesto a la renta.
- TUO de la Ley del IGV, art. 18 y 19: El IGV de la comisión es crédito fiscal si consta en una factura o comprobante que lo permita.
Errores comunes
- Registrar el ITF en la 6391 junto con las comisiones.
- Usar como crédito fiscal el IGV de una comisión sin factura.
- Registrar los cargos con el estado de cuenta de otro mes.
Ejemplo con montos referenciales. Las cuentas siguen el PCGE (versión modificada 2019); la divisionaria exacta puede variar según el plan de cuentas de cada empresa. Verifica la norma vigente antes de aplicarla.