Diferencia de cambio al cierre
Al cierre del mes, la empresa tiene una cuenta por cobrar de US$ 10,000 y una cuenta por pagar de US$ 5,000, ambas registradas a S/ 3.70. El tipo de cambio de cierre es S/ 3.75 (en el ejemplo se usa un solo tipo de cambio para simplificar).
Cálculo
| Cuenta por cobrar: US$ 10,000 × (3.75 − 3.70) | S/ 500.00 |
| Cuenta por pagar: US$ 5,000 × (3.75 − 3.70) | S/ 250.00 |
Asiento 1 · Por la ganancia en la cuenta por cobrar
| Cuenta | Denominación | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 1212 | Emitidas en cartera | 500.00 | |
| 776 | Diferencia en cambio | 500.00 | |
| Totales | 500.00 | 500.00 |
Asiento 2 · Por la pérdida en la cuenta por pagar
| Cuenta | Denominación | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 676 | Diferencia de cambio | 250.00 | |
| 4212 | Facturas por pagar – Emitidas | 250.00 | |
| Totales | 250.00 | 250.00 |
¿Por qué estas cuentas?
Las cuentas en dólares son partidas monetarias: al cierre se expresan en soles al tipo de cambio de ese día. Si el dólar sube, se cobrarán más soles (ganancia, 776) y se pagarán más soles (pérdida, 676).
Si el dólar bajara, el efecto sería el inverso. Las partidas no monetarias, como inventarios o activo fijo, no se actualizan.
Base normativa
- NIC 21, párr. 23 y 28: Las partidas monetarias se convierten al tipo de cambio de cierre y las diferencias se reconocen en el resultado del periodo.
- TUO de la LIR, art. 61 y Reglamento, art. 34: Las diferencias de cambio por operaciones en moneda extranjera son ganancias o pérdidas del ejercicio. Para fines tributarios se usa el tipo de cambio de cierre publicado por la SBS: compra para activos y venta para pasivos.
Errores comunes
- Actualizar partidas no monetarias como inventarios o activo fijo.
- Usar el mismo tipo de cambio para activos y pasivos en la declaración tributaria.
- Compensar ganancias y pérdidas en una sola cuenta.
Ejemplo con montos referenciales. Las cuentas siguen el PCGE (versión modificada 2019); la divisionaria exacta puede variar según el plan de cuentas de cada empresa. Verifica la norma vigente antes de aplicarla.