Estimación de cobranza dudosa
Un cliente debe una factura de S/ 11,800 vencida hace 14 meses. La empresa hizo gestiones de cobranza sin resultado y estima que no la cobrará.
Cálculo
| Importe de la factura (incluye IGV) | S/ 11,800.00 |
| Estimación de cobranza dudosa | S/ 11,800.00 |
Asiento 1 · Por la estimación
| Cuenta | Denominación | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 68711 | Estimación de cuentas de cobranza dudosa – Cuentas por cobrar comerciales – Terceros | 11,800.00 | |
| 1911 | Estimación de cobranza dudosa – Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar | 11,800.00 | |
| Totales | 11,800.00 | 11,800.00 |
¿Por qué estas cuentas?
La cuenta por cobrar no se elimina todavía, porque el derecho de cobro existe. La pérdida se reconoce como gasto (6871) y se acumula en la 19, que se resta de la 12 en el estado de situación.
La estimación es por el total adeudado, IGV incluido, porque eso es lo que se dejará de cobrar. Para que sea deducible debe cumplir los requisitos tributarios; si no, se adiciona en la declaración anual.
Base normativa
- NIIF 9, sección 5.5: Las cuentas por cobrar se miden netas de las pérdidas crediticias esperadas.
- Reglamento de la LIR, art. 21 inc. f): Es deducible si la deuda está vencida, se demuestra el riesgo de incobrabilidad (dificultades financieras del deudor, morosidad documentada o más de 12 meses de vencida) y la provisión figura discriminada en el Libro de Inventarios y Balances al cierre. Fuente: SUNAT.
- TUO de la LIR, art. 37 inc. i): Admite la deducción de los castigos por deudas incobrables y las provisiones equitativas por deudas de cobranza dudosa.
Errores comunes
- Eliminar la cuenta por cobrar en lugar de estimarla.
- No detallar la provisión en el Libro de Inventarios y Balances.
- Provisionar deudas de vinculadas o garantizadas, que no son deducibles.
Ejemplo con montos referenciales. Las cuentas siguen el PCGE (versión modificada 2019); la divisionaria exacta puede variar según el plan de cuentas de cada empresa. Verifica la norma vigente antes de aplicarla.